Trabajo en turno de noche ¿Cuándo me tengo que incorporar al trabajo si me dan el alta médica?
La fecha de efecto del alta médica es el día siguiente a la fecha de su expedición, tanto en contingencia común como en contingencia profesional. Por tanto, los trabajadores que reciban el alta médica deben incorporarse a su puesto de trabajo al día siguiente a la fecha del parte de alta y en su horario habitual.
Ejemplos:
- Si trabajas en turno de noche y tu jornada comienza a las 22:00 horas, te deberás incorporar al día siguiente a la expedición del parte de alta, a las 22:00 horas. Por tanto, si te dan el alta un miércoles, te debes incorporar el jueves a las 22:00 horas.
- Si tu jornada comienza a las 00:00 horas, deberás incorpórate esa misma noche, pues el inicio de la jornada está dentro del día siguiente a la fecha de expedición del alta.
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